Pruebas con finalidad concreta
Agudeza visual, campo visual u otras exploraciones responden a preguntas diferentes. El informe debe aclarar cuáles están disponibles y qué permiten valorar. No conviene sustituir una exploración específica por una descripción general de dificultad para ver ni deducir el estado previo a partir de un único resultado posterior.
Función y atribución del daño
La repercusión debe relacionarse con actividades concretas y con la situación de ambos ojos cuando sea relevante. La causalidad requiere examinar la cronología y las explicaciones alternativas. La valoración del daño no implica ofrecer tratamiento oftalmológico ni afirmar competencia especializada no acreditada.
Qué conviene revisar
- Informes oftalmológicos completos
- Pruebas previas y posteriores
- Actividades afectadas por el déficit
Una cuestión frecuente
¿La pérdida visual implica un grado fijo de incapacidad?
No de forma automática. La respuesta depende de la función residual, las exigencias de la actividad y el marco de valoración. El dictamen debe separar esos elementos y evitar conclusiones uniformes.
Fuentes y referencias para ampliar
- Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación: valoración del daño
- Ley General de la Seguridad Social
Compruebe la redacción aplicable a la fecha de los hechos y las particularidades del procedimiento.
