Delimitar funciones
La dirección jurídica, la asistencia previa y la pericia tienen finalidades distintas. Antes de aceptar el encargo conviene identificar si existen intervenciones anteriores o relaciones relevantes. La separación de funciones ayuda a evitar confusión sobre quién defiende una posición procesal y quién emite una valoración técnica susceptible de contraste.
Transparencia del método
El dictamen identifica el material recibido y las limitaciones sin ocultar datos desfavorables. También debe evitar incorporar como hechos las afirmaciones de la parte sin señalar su origen. Si existe una circunstancia que exige valorar la intervención de otro profesional, debe abordarse antes de presentar la opinión como independiente y completa.
Qué conviene revisar
- Intervenciones previas relevantes
- Objeto y condiciones del encargo
- Fuentes diferenciadas de información
Una cuestión frecuente
¿Cobrar por una pericia impide que sea objetiva?
No por sí solo. Lo esencial es mantener el criterio técnico y cumplir las obligaciones aplicables a la actuación pericial. El informe no debe estar condicionado a un resultado favorable. Las posibles incompatibilidades o causas de cuestionamiento deben examinarse según el procedimiento y la relación concreta del profesional con el asunto.
Fuentes y referencias para ampliar
- Ley de Enjuiciamiento Criminal: autopsia y prueba pericial
- Ley de Enjuiciamiento Civil: dictamen de peritos
Compruebe la redacción aplicable a la fecha de los hechos y las particularidades del procedimiento.
