La relación profesional
En terapia, el relato se trabaja según objetivos asistenciales. En una pericia, también se examinan documentos, posibles explicaciones alternativas y las condiciones en que se obtuvo la información. El destinatario y los usos del informe deben explicarse para que la persona comprenda que no está iniciando una relación terapéutica.
Evitar confusión de papeles
Un informe del profesional tratante puede documentar asistencia y evolución, pero no siempre responde a preguntas de causalidad o funcionamiento forense. La intervención previa puede exigir valorar conflictos de funciones. Es preferible identificar qué puede aportar cada profesional antes de pedir que un documento asistencial certifique hechos que no investigó.
Qué conviene revisar
- Objetivos del tratamiento previo
- Finalidad judicial del nuevo encargo
- Destinatarios previstos de la información
Una cuestión frecuente
¿El psicólogo que trata a una persona puede probar todo lo sucedido?
El conocimiento clínico no equivale a haber presenciado los hechos. Puede informar de observaciones y antecedentes dentro de su competencia, diferenciándolos del relato recibido. La valoración judicial necesita considerar el alcance real de ese conocimiento.
Fuentes y referencias para ampliar
- Ley de Enjuiciamiento Civil: dictamen de peritos
- Código Deontológico del Psicólogo: alcance de los informes
Compruebe la redacción aplicable a la fecha de los hechos y las particularidades del procedimiento.
