Identificar la necesidad
No toda discrepancia exige repetir la evaluación. A veces basta con explicar una inferencia o revisar un documento omitido. En otros casos, la evolución de la persona o una cuestión distinta obliga a realizar nuevas actuaciones. La elección debe justificarse en relación con el objeto, no con el resultado que se busca.
Mantener la trazabilidad
La ampliación debe citar el informe al que se refiere y fechar las nuevas fuentes. Si una conclusión se modifica, conviene explicar por qué: información antes desconocida, error identificado o cambio real de circunstancias. Presentar ambas versiones sin esa explicación dificultaría comprender la evolución del criterio profesional.
Qué conviene revisar
- Informe inicial identificado por fecha
- Pregunta adicional claramente formulada
- Nuevos datos separados de los anteriores
Una cuestión frecuente
¿La ampliación puede cambiar las conclusiones?
Sí, cuando nuevos datos o la corrección de un error lo justifican. Cambiar una conclusión no es por sí mismo una irregularidad. Lo relevante es que el motivo esté explicado y que la versión anterior no se oculte para aparentar una continuidad inexistente.
Fuentes y referencias para ampliar
- Ley de Enjuiciamiento Civil: dictamen de peritos
- Código Deontológico del Psicólogo: alcance de los informes
Compruebe la redacción aplicable a la fecha de los hechos y las particularidades del procedimiento.
